Condenado un empresario de Málaga por insultos homófobos contra un trabajador en la nómina de su panadería

La justicia ha ratificado la condena contra el responsable de una panadería de la provincia de Málaga por un caso de discriminación homófoba en el ámbito laboral, después de que introdujera el insulto “maricón” en el concepto de la transferencia correspondiente a la nómina de un trabajador. El caso ha sido señalado como un nuevo precedente en la lucha contra la LGTBIfobia en el trabajo.

Según ha difundido el Observatorio Andaluz contra la Homofobia, Bifobia y Transfobia, el juzgado ha confirmado una sanción próxima a los 14.000 euros al empresario por vulneración grave de derechos fundamentales y por el daño moral causado al empleado. La resolución considera acreditado que el mensaje ofensivo fue incorporado de forma deliberada en el pago mensual del salario.

Los hechos se remontan a 2024, cuando el trabajador, que se encontraba de baja médica, comprobó que el abono de su nómina incluía una expresión insultante vinculada a su orientación sexual. La sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de Málaga concluye que ese acto constituyó un trato vejatorio y discriminatorio, contrario a la dignidad de la persona y al principio de no discriminación.

La resolución judicial establece además una indemnización por daños morales y recoge la responsabilidad solidaria de la empresa y de su administrador. Aunque el fallo admite recurso ante una instancia superior, el pronunciamiento judicial refuerza la idea de que los comportamientos homófobos dentro del entorno laboral no solo son socialmente intolerables, sino también jurídicamente sancionables.

El Observatorio Andaluz ha valorado el caso como una muestra de que la homofobia también se manifiesta en espacios cotidianos como el trabajo, donde el abuso de poder puede traducirse en humillación y violencia verbal. La entidad ha subrayado que ninguna persona debe sufrir vejaciones por su orientación sexual en su puesto de trabajo y ha considerado esta sentencia un avance en la defensa de los derechos de las personas LGTBI+.

Este caso vuelve a poner sobre la mesa la necesidad de seguir reforzando la protección frente a la discriminación en el empleo, así como la importancia de denunciar cualquier episodio de odio o menosprecio. La sentencia, más allá de la compensación económica, lanza un mensaje claro: la dignidad de las personas trabajadoras no puede ser vulnerada bajo ningún concepto.

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