Ecuador reconoce el derecho de menores a cambiar nombre y género en documentos en un fallo histórico

La Corte Constitucional de Ecuador ha marcado un hito en el reconocimiento de los derechos de la infancia y adolescencia trans al declarar inconstitucional el apartado de la ley que limitaba el cambio de nombre y género en documentos de identidad únicamente a personas mayores de 18 años.

Hasta ahora, aunque desde 2020 era legal realizar este trámite en el país, la normativa excluía a los menores de edad, generando una barrera que, según el alto tribunal, suponía una forma de discriminación por edad.

El fallo llega tras una larga batalla judicial impulsada por un adolescente de 15 años que, con el respaldo de sus padres, presentó una demanda contra el Registro Civil después de que se le negara la posibilidad de modificar su identidad legal. Este caso se ha convertido en el detonante de un cambio jurídico de gran alcance en el país.

Organizaciones LGTBIQ+ de Ecuador han celebrado la decisión como un avance histórico en la garantía de derechos, destacando que este precedente no solo impacta a nivel nacional, sino que también puede servir de inspiración para otros países de América Latina en la protección de la identidad de niños, niñas y adolescentes trans.

El pronunciamiento de la Corte refuerza la idea de que el reconocimiento de la identidad de género es un derecho fundamental que no debe estar condicionado por la edad, especialmente cuando afecta al desarrollo integral de las personas menores.

Diversos organismos internacionales en el ámbito de la salud respaldan este enfoque. Instituciones como la Asociación Estadounidense de Pediatría consideran las identidades trans como una variación natural de la diversidad humana. En la misma línea, estudios del National Institutes of Health señalan que permitir a menores trans vivir de acuerdo con su identidad de género tiene efectos positivos en su bienestar psicológico, reduciendo la ansiedad y mejorando la autoestima, el estado de ánimo y las relaciones sociales.

Este fallo supone, en definitiva, un paso significativo hacia una sociedad más inclusiva, donde el respeto a la diversidad y a los derechos humanos se sitúa en el centro de las políticas públicas.

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