El Ministerio de Igualdad abre un expediente para investigar la denuncia presentada por la Asociación Española contra las Terapias de Conversión

La ministra, Ana Redondo.

La ministra, Ana Redondo.

Ana Redondo, ministra de Igualdad, se ha reunido con Saúl Castro, presidente de No Es Terapia, quien le ha trasladado los detalles de la denuncia que interpuso hace unos días ante el Ministerio de Igualdad. La ley 4/2023 sobre los derechos de las personas LGTBI prohíbe por primera vez estas actuaciones y establece sanciones económicas que van de 200 a 150.000 euros

El Ministerio de Igualdad ha abierto un expediente para investigar la denuncia presentada por la Asociación Española contra las Terapias de Conversión, en la que se expone que en varias diócesis españolas se están impartiendo cursos y talleres de conversión sexual para personas LGTBI+.

Ana Redondo, ministra de Igualdad, se ha reunido con Saúl Castro, presidente de No Es Terapia, quien le ha trasladado los detalles de la denuncia que interpuso hace unos días ante el Ministerio de Igualdad, a través de la Dirección General para la Igualdad real y efectiva de las personas LGTBI+. El Ministerio analizará el contenido de la denuncia para estudiar las acciones a impulsar en el marco de sus competencias.

La ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI prohíbe por primera vez “la práctica de métodos, programas y terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento, en cualquier forma, destinados a modificar la orientación o identidad sexual o la expresión de género de las personas, incluso si cuentan con el consentimiento de la persona interesada o de su representante legal”.

Las sanciones económicas interpuestas para la infracción de esta ley van desde los 200 hasta los 150.000 euros, y conllevan la prohibición de recibir ayudas públicas, en función de la gravedad de los hechos. Las infracciones leves incluyen, entre otros, la utilización o emisión de expresiones vejatorias, sancionadas con apercibimiento o con multa de 200 a 2.000 euros. Las infracciones graves contemplan la no retirada de expresiones vejatorias en sitios web o redes sociales por parte de los prestadores de servicios de la sociedad de la información, siempre y cuando, habiéndoles pedido que lo retiren, no lo hagan. Serán sancionadas con multa de 2.001 a 10.000 euros.

Por último, las infracciones muy graves, sancionadas con multa de 10.001 a 150.000 euros, recogen la promoción o práctica de métodos, programas o terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento con la finalidad de modificar la orientación sexual, identidad de género o características sexuales.

El director general para la Igualdad real y efectiva de las personas LGTBI+, Julio del Valle, ha destacado la necesidad de “abrir un debate social sobre lo que significan las terapias de conversión, que niegan la identidad de las personas y/o su orientación sexual”. Del Valle insistió en la gravedad de los daños que ocasionan este tipo de terapias sobre las personas LGTBI+: “Pueden acarrear consecuencias psicológicas a lo largo de toda la vida, afectando a su vida afectivo-sexual”.

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